lunes, 24 de septiembre de 2012
Farmacéuticos PROVIDA obtienen una gran victoria en Illinois
Los farmacéuticos de
Illinois que han trabajado durante más de 7 años con AMERICANS UNITED FOR LIFE (AUL) y su
Asesor Marcos Rienzi (Miembro del Consejo Directivo de AUL) obtuvieron una
importante victoria la semana pasada, en una decisión que ayuda a proteger la objeción
de conciencia.
El Tribunal de
Apelación de Illinois por el Cuarto Distrito dictaminó que el Estado no puede
obligar a dos farmacéuticos y varias farmacias a dispensar varios medicamentos
que acaban con la vida, engañosamente etiquetados como "anticoncepción de
emergencia", coaccionándolos a actuar contra su conciencia.
El caso, Morr-Fitz
versus Quinn, se ha tramitado en el sistema judicial de los Tribunales de
Illinois desde 2005, cuando el entonces gobernador Blagojevich autorizo por primera
vez una norma que obligaba a las farmacias a dispensar medicamentos que
terminan con la vida.
Los demandantes
--los farmacéuticos Lucas Vander Bleek y Kosirog Glenn, junto con sus
corporaciones farmacéuticas presentaron una demanda contra el Estado para
defender su derecho de objeción de conciencia.
En el año 2011, un
tribunal de primera instancia dictaminó que el Estado violó la libertad de
conciencia garantizada en varias leyes, incluida la Ley de Libertad de
Conciencia y Atención Médica de Illinois ("Conscience Act"). El
Estado apeló.
El viernes 21 de
setiembre del 2012, el Tribunal de Apelación concluyó que la aplicación de la
norma contra los demandantes viola la Ley de Libertad de Conciencia. Para
llegar a esta conclusión, el tribunal hizo dos hallazgos significativos.
En primer lugar, el
tribunal llegó a la conclusión de que los farmacéuticos y las farmacias están
bajo la protección de la Ley de Libertad de Conciencia. El Estado había
sostenido lo contrario, en un intento de negar la objeción de conciencia a los
farmacéuticos y a las farmacias. Esto significa que otros farmacéuticos y
farmacias, frente a la opción coercitiva de violar su conciencia o estado,
pueden presentar una demanda con grandes probabilidades de éxito.
También demuestra la
importancia de la existencia de normas sobre la libertad de conciencia y lo que
las legislaturas estatales pueden hacer para proteger los derechos de
conciencia a través de leyes estatales.
En segundo lugar, el
tribunal llegó a la conclusión de que la provisión de "anticoncepción de
emergencia" no constituye una "atención médica urgente", bajo la
interpretación de la Ley de Libertad de Conciencia. El Estado argumentó que
otra norma en la Ley de Libertad de Conciencia, obliga al personal de salud a
brindar atención médica de emergencia, por lo que supuestamente los
farmacéuticos tenían que proveer, con fundamento en esa norma, la
"anticoncepción de emergencia".
Pero el tribunal de
apelaciones rechazó decididamente esta afirmación. Tras señalar en primer lugar
que la Corte Suprema de Illinois había definido recientemente
"emergencia" como "un imprevisto que implique un peligro
inminente para una persona o propiedad que requiere una respuesta
urgente", concluyó el tribunal de apelación que los "anticonceptivos
de emergencia "no están comprendidos en el llano y ordinario significado
del término "emergencia".
Además, el tribunal
llegó a afirmar, "sexo sin protección no pone a una mujer en peligro
inminente que requiere una respuesta urgente."
Este argumento
rechaza los argumentos de los proponentes de la "anticoncepción de
emergencia" para hacer creer al público en general (y a los tribunales):
que supuestamente el uso de la "anticoncepción" constituye una
"emergencia", que el embarazo constituye un "peligro", y
que hay que obligar a todos los farmacéuticos a proporcionar a costa de su
libertad de conciencia un medicamente que va contra sus principios éticos,
morales y/o religiosos.