Defiende y ama la vida

Defiende, protege, ama y sirve a la vida: A toda vida humana, desde el momento de la concepción hasta la muerte natural.

La maternidad es parte del ser mujer

La sociedad necesita ser pro mujer, pro niño, y pro vida. Debemos apoyar a toda mujer embarazada, especialmente a aquellas que tienen un embarazo en crisis.

El matrimonio es la base esencial de la familia

La familia fundada en el matrimonio es un bien fundamental para toda sociedad. Los matrimonios estables son garantía de los valores que nacen en las relaciones familiares saludables.

La familia es el elemento natural de la sociedad

"El lugar donde nacen los niños y mueren los hombres, donde la libertad y el amor florecen, no es una oficina ni un comercio ni una fábrica. Ahí veo yo la importancia de la familia." (Gilberth Keith Chesterton)

El embrión es un ser humano completo

Es un organismo completo, aunque inmaduro, y a no ser que se lo impida la enfermedad o la violencia, se desarrollará hasta su etapa madura, nacerá y vivirá muchos años hasta su muerte natural.

miércoles, 3 de julio de 2013

¡QUÉ VERGÜENZA!


Bajo el título ¿Jóvenes gais se pueden casar? DIARIOEXTRA informó de la curiosa interpretación que hacen los diputados José María Villalta del Frente Amplio (FA) y Carmen Muñoz (PAC) de la nueva Ley de la Persona Joven, aprobada en el plenario, pero no sancionada aun por la Presidenta Laura Chinchilla.
Según ellos la reforma aprobada derogó tácitamente el Código de Familia y permite la unión de hecho entre personas del mismo sexo para para la población entre los 15 y 35 años, ya que la ley de la Persona Joven está limitada a esa población.
Se equivocan los diputados mencionados dado que una ley especial no queda derogada implícitamente por otra ley especial posterior que sea de distinta materia. Me explico: el artículo 242 del Código de Familia es una norma especial que regula la unión de hecho y no puede ser derogada “tácitamente” por otra norma especial, como lo es la Ley de la Persona Joven, que regula una materia diferente.
El principio que “ley posterior deroga la anterior”, no es un principio absoluto que deba aplicarse siempre; existen otros principios de igual o mayor valor jurídico, como  el que dice: La ley especial no queda derogada implícitamente por otra ley especial posterior de distinta materia; esta derogación presunta sólo puede darse si las leyes especiales en cuestión regulan la misma materia.
¿Cómo nació la unión de hecho en Costa Rica? La respuesta es precisamente por  una ley especial, la ley No.7532 del 8 de agosto de 1995, que “Adiciona el Código de Familia para Regular la Unión de Hecho”. Es una norma especial dada para una jurisdicción especial: la de familia.
Así, no podría la Ley de Persona Joven (que es otra ley especial que regula una materia diferente) derogar tácitamente el  artículo 242 del Código de Familia, porque ambas son normas especiales pero de distinta materia. La derogación o modificación del artículo 242 tenía entonces que hacerse expresamente, si esa era la intención del legislador.
Lo que da vergüenza, es que precisamente los legisladores Villalta y Muñoz, no querían eso. Es decir, no querían hacer una derogatoria expresa en la ley.
¿Por qué? Bien saben ellos, que se si hubiera puesto expresamente la derogatoria o modificación del artículo 242 en el proyecto de ley; en el plenario no se habría aprobado.
Así, al mejor estilo de estafadores profesionales, engañan y ocultan sus intenciones a los demás legisladores, para luego sorprenderlos con sus alegatos –falsos por cierto— que consintieron en forma unánime en la supuesta modificación el artículo 242. Varios diputados manifestaron en el plenario sentirse engañados y protestaron: la verdad que tienen razón de hacerlo.
En el marco de un Estado Social y Democrático de Derecho, todos y cada uno de los entes y órganos públicos --especialmente en la Asamblea Legislativa--, deben estar sujetos a los principios constitucionales de transparencia y la publicidad, que deben ser la regla de toda la actuación o función estatal, especialmente si se están aprobando leyes.
Ha dicho la Sala Constitucional que los entes públicos, están llamados a ser “verdaderas casas de cristal en cuyo interior (los ciudadanos) puedan escrutar y fiscalizar, a plena luz del día”
En este caso es público y notorio, que ha habido de todo menos transparencia y publicidad, con lo cual se ha transgredido gravemente el proceso de la formación de la ley, existe un vicio en el consentimiento de la mayoría de los diputados que aprobaron la reforma a la Ley de la Persona Joven, lo que haría inconstitucional la reforma misma, no sólo por el fondo, puesto que la jurisprudencia de la Sala Constitucional ha sido clara que para las uniones de hecho se requiere que los convivientes sean de diferente sexo, sino también por la forma, es decir hay un vicio en el procedimiento de la formación de la ley.
Solo me queda decir, que debería darles vergüenza a quienes participaron en este engaño.